Artículos

La importancia de los impuestos

Todos, de alguna manera contribuimos al sostenimiento del Estado, ya sea por medio, del pago de impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras o derechos, entre otros. Sin embargo, alguna vez te has preguntado, ¿de dónde deviene la facultad del “Gobierno” para cobrarnos impuestos o para determinar el monto del costo de algún trámite o servicio?, o ¿de dónde surge la cantidad que hay pagar cuando por alguna infracción cometida se nos impone una multa?

Pues bien, dar respuesta a esas interrogantes son un campo fértil y vasto de estudio, no obstante, el espacio no nos lo permite, por lo cual esperamos que más adelante, nos sigas en esta columna, para explicar ese tema.

Así, en esta ocasión la intención de esta línea editorial es describir brevemente la cimentación jurídica que da soporte a cada una de esas contribuciones.

En el mundo del Derecho, de acuerdo a la posición que se asuma, se dice que el Derecho está relacionado con la moral y la ética, y así, se pueden aplicar ciertos valores, como la honestidad, la justicia, la imparcialidad, entre otros.

Esos principios, pueden plasmarse en normas que la gente habrá de asumir como obligatorias y ceñir sus conductas a las mismas.

Dentro de esa clase de principios tenemos los que están plasmados en la Constitución, que en el mundo de la abogacía se considera como el ordenamiento fundamental del país.

Hay principios considerados en el ámbito de los derechos humanos –que son los más conocidos, como la dignidad, el respeto a la vida, la justica, etc.- sin embargo, también existen principios que son aplicables al ámbito de las contribuciones, es decir, rigen la actividad tributaria del Estado. A continuación explicaremos en qué consisten algunos de los principios más importantes.

1. IGUALDAD.

Las leyes no pueden ser especiales para una persona o grupo de personas, sino que se aplican a todas las personas (Artículo 13 constitucional).

2. OBLIGATORIEDAD.

En materia tributaria este principio consiste en que es un deber ciudadano contribuir al gasto público de la Federación, Estados y Municipios, como lo establece el Artículo 31, fracción IV de nuestra Constitución.

En otras palabras, si una persona se encuentra señalada en la ley, ésta tiene la obligación de pagar impuestos, pues se debe cumplir con lo que establece la norma, ya que de no hacerlo incurriría en una responsabilidad.

Dos de los principios cuyos significados son de los más importantes para el sistema tributario se mencionan a continuación: proporcionalidad y equidad.

1. PROPORCIONALIDAD.

Este principio en esencia se refiere a que los ciudadanos debemos contribuir al gasto público, en la medida de nuestra capacidad económica, a fin de que el pago que hagamos sea justo y acorde a nuestros ingresos, es decir, como Raúl le decía a su compañero, “quien gana más paga más”.

Este principio de autodeterminación parte de la buena fe, lo que permite al contribuyente declarar voluntariamente el monto de sus obligaciones tributarias e identificar su capacidad para contribuir al gasto público.

Así, los impuestos se determinarán razonablemente.

2. EQUIDAD.

Este principio hace referencia a que la norma tributaria no debe de dar un tratamiento idéntico a todas las personas, es decir, no debe de establecer distinciones de ningún tipo. De ahí la máxima “gravar igual a los iguales y desigual a los desiguales”.

La Doctora Gabriela Ríos Granados, especialista en Derecho Fiscal, de la UNAM, dice que este trato diferenciado, debe ser adecuado al fin que persigue, si es necesario (no hay otra medida que lesione menos la igualdad) y si es proporcional a la desigualdad que produce. (Este principio de equidad conlleva el de proporcionalidad, pues revela cuanto es que se puede pagar).

Tenemos otros principios, pero serán material para otra de nuestras editoriales, aquí hemos tratado los más trascendentes.

El contribuir con nuestros impuestos, significa que deseamos el bien común, pues ello se destina a las escuelas, los hospitales, las carreteras, la infraestructura, etc. Puede surgir en tu mente la idea de la corrupción, pero debemos erradicarla poco a poco ese pensamiento; el punto es cumplir con estos principios que significan valores, de modo que hagamos una cadena inmensa, que implique que nuestros impuestos se vuelvan efectivos, para que se traduzcan en hechos.

Querido lector o lectora, una de las tendencias más recientes del Derecho, busca que éste sea más accesible a sus ciudadanos, lejos de lenguajes rebuscados o complicados, es por ello que te exhortamos a que te animes a buscar información en la base de datos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mejor conocido como IUS.

Simplemente teclea en Google o en el buscador de tu preferencia “SCJN” y se desplegará la página de la Suprema Corte, en uno de sus rubros dice “consulta tradicional” si le das click, acto seguido, aparecerá una pantalla, en donde verás muchos cuadros, pero no te preocupes, habrá un espacio en blanco donde podrás escribir “principio de proporcionalidad” o “equidad tributaria” y se desplegará toda la información que nuestro máximo tribunal haya emitido.

Autor: L.C. Enrique Arturo Vázquez Hernández


Botón únete